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No deducibilidad fiscal de las retribuciones de los administradores

administrador

En los últimos años se han dictado diversas resoluciones administrativas y sentencias judiciales, en relación a la problemática de la no deducibilidad como gasto fiscal en el Impuesto de Sociedades de la retribución del socio mayoritario y administrador de una mercantil, en los casos en los que estatutariamente se establece dicho cargo como gratuito.

Por ello es muy interesante la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 6 de Febrero del 2014 a la que hacemos referencia en el documento adjunto, donde se establece que en el supuesto de que se satisfagan retribuciones a los administradores, cuyo cargo sea gratuito según las disposiciones estatutarias, dichas cuantías no tienen la consideración de gastos fiscalmente deducibles.

Es decir el TEAC vuelve a insistir en la doctrina asentada en la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 13 de Noviembre del 2008, donde se establece que las funciones de gerencia y alta dirección son asimilables al cargo de administrador y por tanto, si el cargo de administrador es gratuito, dichas retribuciones no seran deducibles al considerarse una liberalidad.

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